Emergencia por sequía, transición ecológica y regulación de empleo: a propósito del “ERTE de Freixenet”

Emergencia por sequía, transición ecológica y regulación de empleo: a propósito del “ERTE de Freixenet”

Cristóbal Molina Navarrete.
Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social.
Universidad de Jaén.

1.

Las (anheladas) lluvias del mes de marzo, en ciertas zonas, como Andalucía y Extremadura, así como las de mayo, en Cataluña, han aliviado, pero no resuelven las graves situaciones de “sequía prolongada” y “escasez hídrica” (las diferencias se explican en los Informes mensuales de seguimiento de la situación de sequía y escasez, el último publicado es de abril 2024[1])que sufren tales zonas de España (también aquí hay profundas desigualdades territoriales). La ciencia[2] evidencia que las “sequías” obedecen a múltiples y heterogéneas causas, unas son naturales y otras se relacionan estrechamente con variadas actividades humanas. Desde esta perspectiva, no hay duda de que, no siendo causa única, el cambio climático incide de forma significativa en el aumento de la frecuencia, duración y severidad de las sequías (y del fenómeno meteorológico opuesto: inundaciones). En este escenario de cambio climático, se dice que, incluso si las precipitaciones (meteorología) no se redujeran notablemente, las malas condiciones de los suelos (no solo secos, también desnudos por las erosiones continuadas) también prolongarían de manera significativa las sequías y su severidad.

En consecuencia, se reduce gravemente la disponibilidad de ese recurso tan determinante que es el agua, cuando aumenta su demanda, muy especialmente en la agricultura. Ésta, sin embargo, por los estados de emergencia ya declarados en diversas cuencas hidrográficas, sufren notables restricciones en su uso para el regadío. El resultado es un elevado coste, económico, social y, cómo no, de empleo, no solo en la agricultura, ni siquiera únicamente en el sector agroalimentario, ligado a aquélla, sino en el conjunto de sectores de actividad. Aunque, obviamente, será en la industria agrícola donde mayor incidencia tenga y mayores sean esos costes.

2.

No es mera especulación. A Andalucía ya le habría costado la sequía más de 1 punto de su PIB, estimándose que el déficit hídrico (estrés hídrico: la demanda de agua es muy superior a la oferta, con el consiguiente desequilibrio del que se deriva no solo riesgos, sino daños actualizados al hacerse crónico o duradero en extremo) que padece, desde hace varios años, ha destruido entre 30.000 y 35.000 empleos, desde 2021, según el informe de situación de Andalucía de BBVA Research (primer semestre de 2023). En el año 2023 estas pérdidas (directas, en términos de daños emergentes, o indirectas, en términos de oportunidades perdidas) han crecido de una forma significativa, reduciéndose también el número de empresas en el sector agrario y agroalimentario. En este sector, el empleo habría caído en Andalucía un 4,5%, mientras en el conjunto de España aumentaba un 5%, según un informe reciente de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos de la Junta de Andalucía, “sobre el impacto de la sequía en la economía andaluza”, en el que se pone de manifiesto que ésta tiene un mayor grado de exposición directa que la economía española a la situación de sequía[3].

No por casualidad fue en Andalucía donde se aprobó el primer Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) en su modalidad de fuerza mayor (FM) por el estado de sequía, incluso antes de que ser aprobado el primer Decreto de sequía (hoy son ya cuatro). Se trato del ERTE-FM por sequía de la cooperativa agraria Arrozúa (S.C.A.)[4], del sector arrocero (5000 empleos en total). Afectó a 16 personas trabajadoras en su inicio, con previsión de incluir a otras 12 personas empleadas, entre ellas varias con contratos de fijeza discontinua. Como también es comprensible que sea Andalucía la Comunidad más perjudicada con la falta de prórroga del beneficio de la reducción de 35 a 10 jornadas reales (peonadas), necesarias para acceder al subsidio por desempleo o a la renta agraria del personal eventual agrario residente en Andalucía y Extremadura (art.18 del RDL 4/2023, 11 de mayo). Si bien se prorrogaba hasta junio de 2024 por el RDL 7/2023, de 19 de diciembre, al no ser convalidado por el Parlamento decayó, a diferencia de lo que sí sucedió con el RDL 8/2023 Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre, por el que se adoptan medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, así como para paliar los efectos de la sequía.

3.

Sin embargo, no ha sido el ERTE-FM de la SCA ARROZÚA el que ha puesto de plena actualidad las interacciones entre la regulación de empleo y la sequía. En los últimos días de abril, ha sido la célebre empresa productora de cava y vinos FREIXENET la que lo ha hecho, con su presentación de un ERTE-FM por sequía para 615 personas trabajadoras (casi el 80% de la plantilla -un total de 778 personas-), justificado en la falta de producción de uva para el cava con Denominación de Origen. La compañía, propiedad del grupo alemán Henkell y de la familia Ferrer, optó por la modalidad de ERTE-FM (fuerza mayor), regulado en el art. 47 ET, ap. 5 (fuerza mayor propia o debida a fenómenos naturales) y ap. 6 (fuerza mayor impropia o por decisiones de autoridad –factum principis-) en vez de por la del ERTE-CETOP, regulada en sus apartados 2 a 4 (el ap. 7 fija las reglas comunes). La medida[5] se ofrece como un ejercicio de responsabilidad y tenía como objeto:

garantizar la operatividad del negocio y preservar la empleabilidad para poder hacer frente a causas externas y de fuerza mayor provocadas por la grave sequía”.

La empresa prevé aque la escasez de agua recortará en torno a un 30% la capacidad de producción y, ante este escenario, lo obligado para la empresa, por responsabilidad, sería a poner en marcha un ERTE. Una medida eficaz de regulación temporal de empleo que debería activarse, a su juicio, de forma análoga a como lo hizo en la pandemia, apelando al funcionamiento del escudo de flexiguridad que deriva de estos instrumentos (flexibilizan la gestión del empleo en la empresa, sin necesidad de despedir, al tiempo que ofrece una protección mayor a las personas trabajadoras).La intensidad del ajuste, a iniciar este mes (mayo), vendría modulado en función de las lluvias eventuales de los próximos meses y su impacto sobre la oferta. Justamente, esta dialéctica afectación-desafectación se prevé en el art. 47 ET. La situación no ha pillado por sorpresa en el sector, porque el año pasado, al presentar las cuentas de resultados, se advertía de los riesgos de producción por:

“…la incertidumbre provocada por la falta de uva derivada de la fuerte sequía que nos viene afectando desde el 2021 y con especial afectación en 2023 en la zona de El Penedès»[6].

4.

La autoridad laboral catalana ha rechazado el ERTE-FM por sequía pedido por la compañía internacional, con sede en Cataluña, porque considera que no se está ante una causa imprevisible ni inevitable, dado que la sequía golpea la zona desde hace 3 años, por lo que la empresa estaba en condiciones de buscar alguna solución. En consecuencia, la Generalitat insta a que la compañía activara un tipo de medida diferente, un ERTE-CETOP, por causa productiva, ante la variación de la capacidad de atención a la demanda de mercado, por la menor oferta. A partir de la resolución de rechazo, la empresa ha activado el debido periodo de consultas y, en fechas muy recientes, ha concluido un acuerdo con la representación laboral.

El acuerdo[7] alcanzado por el Grupo Freixenet con la representación laboral lo es para la medida de reducción de jornada, entre un 20% y un 50%, dependiendo de las condiciones meteorológicas y climáticas (situación de sequía), afectando a 615 personas, empleadas en Freixenet SA y Segura Viudas SAU. A cambio, según las informaciones disponibles, cobrarán (recuérdese que la situación implica el derecho a cobrar el desempleo parcial más la retribución correspondiente al tiempo de trabajo efectivo, ex art. 267 TRLGSS) un 95% de su sueldo y no tendrán modificaciones sobre las pagas extras ni las vacaciones. Por lo tanto, supone una clara mejora de su garantía de rentas respecto de las reglas legales comunes, a través de una mejora voluntaria en la prestación por desempleo para alcanzar ese 95%. La medida estará activa desde el 13 de mayo hasta el 31 de diciembre de este año. Tampoco el personal jubilado parcial se verá afectado y tampoco la flexibilidad pactada para los viernes debido a la reducción de la producción.

5.

Al margen de la solución concreta alcanzada en este caso y de la polémica jurídico-social en torno a si la causa debía ser por FM (con las ventajas que conlleva para las empresas por las mayores exenciones de cuotas sociales -DA 44 TRLGSS- y los beneficios en la protección por desempleo de las personas trabajadoras -DA 46ª TRLGSS-) o causa productiva, parece claro que este tipo de solicitudes crecerán con los continuados estados de emergencia por sequía. Tanto en Andalucía como en Cataluña esta situación ha generado diferentes ERTE-FM por sequía, aunque con un alcance cuantitativo muy inferior al que hubiera supuesto el de Freixenet. Con todo, lo verdaderamente relevante de esta experiencia práctica es la necesidad de que, poderes públicos, en todos y cada uno de los niveles de gobierno (comunitario, estatal, autonómico y local), organizaciones empresariales y sindicales adopten planes y políticas de gestión de la sequía, no solo (piénsese en el turístico), pero especialmente, en el sector agroalimentario, más sistemáticos y eficaces.

Hasta el momento, la técnica habitual de los “decretos de emergencia por sequía” parecen ser la única solución, de ahí que se repitan de continuo. Pero queda claro ya que se trata de un modelo no solo insuficiente, sino agotado. La escasez estructural de agua empeorará en el futuro próximo y los impactos de las sequías se amplían por el cambio climático. La situación no mejorará por sí misma ni por las condiciones meteorológico-climáticas, sino por la planificación y puesta en práctica de un conjunto de medidas adecuadas y necesarias, en el marco de un proceso de transición hídrica socialmente justa. El marco normativo actual, así como los modelos de explotación agraria y agroalimentaria, aumentan la escasez y nuestra vulnerabilidad frente a sequías, con incentivos perversos en la economía que conducen al uso y abuso de agua en el corto plazo. Por lo que se convierte en “un factor limitante para movilizar otras ventajas competitivas” [8], no solo en el campo, también en el turismo, la energía y, en general, en toda la industria.